TESTIMONIO: VISTO Y CONSIDERANDO: Que la Municipalidad debe adquirir material suficiente para la re-paración de calles en planta urbana y caminos rurales. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 66/93 --------------------------------- ARTICULO 1.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio, que ------------ como Anexo I forma parte de esta Ordenanza, con la Empresa "Camino del Abra S.A.C.V.",.por el que la citada empresa se hace cargo de la entrega de 16.000 litros de gas-oil, o su equivalente, en lubricantes a la Dirección Nacio-nal de Vialidad una vez formalizado el respectivo convenio entre la Municipali-dad y la Dirección Nacional de Vialidad.---------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina- ria, a los catorce días del mes de octubre de mil novecientos noventa y tres. FIRMADO: Carlos G. Martín - VICEPRESIDENTE I - Juan José Troya - SECRETARIO.---